PRESTACIONES A LAS QUE TIENE DERECHO UN POLICÍA POR HABER SIDO SEPARADO DE SU CARGO.

Por disposición expresa del artículo 123, apartado B, fracción XIII, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, si un agente del Ministerio Público, perito o miembro de las instituciones policiales de la Federación, estados y

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